Reglamento del Consejo Consultivo Estatal para la Participación
Reglamento del Consejo Consultivo Estatal para la Participación de conformidad con el artículo 17, párrafo 9, de la Ley para promover la participación en la sociedad de la migración (PartMigg) del 5 de julio de 2021, modificado en último lugar por el artículo 5 de la Ley del 9 de febrero de 2023 (GvBL, página 30)
§ 1 Misión y declaración de objetivos
(1) El Consejo Consultivo Estatal para la Participación (en adelante, Consejo Consultivo Estatal) es un instrumento importante para involucrar a las personas con un historial de migración y asesorar al Senado sobre los temas de la sociedad de la migración.
(2) El Consejo Consultivo Estatal se compromete activamente con una cultura del aprecio y la diversidad y se opone resueltamente a cualquier discriminación, ya sea por motivos de género, origen étnico, atribución racista y sexista, religión y creencias, discapacidad, enfermedad crónica, edad, idioma, identidad sexual y de género o posición social.
§ 2 Convocatoria y gestión
(1) Las reuniones del Consejo Consultivo Estatal las convoca el miembro del Senado responsable de la integración como presidente y las preside él. En caso de fracaso, el vicepresidente desempeña estas funciones. De acuerdo con el presidente del Consejo Consultivo Estatal, el vicepresidente puede delegar la tarea de presidir la reunión en un representante de la Administración del Senado responsable de la integración.
(2) Si se le impide, el miembro del Senado responsable de la integración puede transferir su derecho de voto a un representante de la Administración del Senado responsable de la integración.
(3) El vicepresidente debería ser elegido para la legislatura correspondiente a más tardar en la reunión siguiente a la sesión constitutiva, de conformidad con la sección 17 (5) del Partido MIGG, por mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos). Si ninguno de los candidatos consigue la mayoría absoluta en la primera ronda de votaciones, bastará con la mayoría simple de todos los miembros con derecho a voto en las siguientes votaciones.
(4) El miembro vicepresidente es elegido por recomendación de representantes de personas en el sentido del artículo 17, párrafo 2, números 1 y 2, parte MIGG. Solo uno de los representantes elegidos de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, PartMigg puede ser elegido como vicepresidente miembro. Si el vicepresidente se marcha antes del final de la legislatura, se elegirá un nuevo vicepresidente para el resto del tiempo en la siguiente reunión ordinaria del Consejo Consultivo Estatal, de nuevo por sugerencia de representantes de personas en el sentido del artículo 17, párrafo 2, números 1 y 2, parte MIGG.
(5) El vicepresidente está en contacto y es la persona de contacto de los miembros designados de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 5, parte MIGG, y representa los intereses de los 13 representantes electos de acuerdo con el artículo 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG y de sus representantes de acuerdo con el artículo 17, párrafo 5, parte MIGG.
§ 3 Reuniones
(1) Las reuniones ordinarias del Consejo Consultivo Estatal se celebran normalmente cuatro veces al año, pero deben celebrarse al menos una vez por semestre natural.
(2) El miembro que preside puede convocar reuniones extraordinarias. Debe convocarlas si la mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos) lo solicitan por escrito o electrónicamente desde la oficina del Consejo Consultivo Estatal. El párrafo 3 se aplica mutatis mutandis. No se aplica el artículo 2 (1) del Reglamento (GO).
(3) Las sugerencias de los miembros del Consejo Consultivo Estatal que figuran en el orden del día, incluidos los documentos asociados, deben recibirse en la oficina del Consejo Asesor Estatal a más tardar cuatro semanas antes del día de la reunión. El miembro que preside y el vicepresidente establecerán el orden del día provisional. La invitación a la reunión, junto con el orden del día y los documentos de la reunión, se enviarán electrónicamente a los miembros dos semanas antes de la fecha de la reunión. Las administraciones del Senado también reciben una invitación con referencia a la Sección 17 (4) Parte MIGG.
(4) En casos urgentes, no obstante lo dispuesto en el párrafo 3, un punto del orden del día puede aprobarse en la reunión por mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos).
§ 4 Asistencia a las reuniones
(1) El miembro con derecho a voto y el miembro asesor deben asistir a las reuniones del Consejo Consultivo Estatal. Si se impide la participación o si se indica el contenido de la participación, el delegado participará. Con la excepción de la sección 2 (2) del Reglamento, el derecho de voto del miembro que vaya a estar representado solo puede ejercerlo el diputado.
(2) Si se impide a un miembro con derecho a votar, debe informar inmediatamente a su adjunto y a la oficina del Consejo Consultivo Estatal. La invitación a la reunión debe indicar esta obligación. Si un miembro electo con derecho a voto y su representante permanecen ausentes sin pedir disculpas durante más de dos reuniones seguidas, el Consejo Consultivo Estatal puede transferir su derecho de voto a otro diputado electo mediante resolución.
(3) Las administraciones del Senado asisten a las reuniones de acuerdo con la Sección 17 (4) ParteMIgg.
(4) El Consejo Consultivo Estatal decide la admisión de los miembros asesores y sus submiembros por mayoría simple de votos.
(5) Las reuniones del Consejo Consultivo Estatal no son públicas. El presidente puede invitar a los invitados a discutir temas individuales del orden del día.
§ 5 Resolución
(1) La junta consultiva estatal tiene quórum cuando al menos la mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13) están presentes.
(2) El Consejo Consultivo Estatal tomará sus decisiones, a menos que se indique lo contrario, por mayoría simple de los miembros con derecho a voto. La votación se hace normalmente a mano alzada.
(3) En las votaciones, las abstenciones y los votos nulos se incluyen para determinar el quórum del Consejo Consultivo Estatal; no se tienen en cuenta a la hora de determinar la mayoría requerida.
(4) Las decisiones del Consejo Consultivo Estatal se publican en el sitio web del comisario de Participación, Integración y Migración del Senado de Berlín.
§ 6 Reglas de expresión
(1) El tiempo de uso de la palabra para los discursos de los distintos miembros durante los debates no debe superar por lo general los tres minutos.
(2) El debate terminará cuando se haya completado la lista de discursos o después de que los miembros con derecho a voto hayan decidido sobre una solicitud para cerrar el debate.
§ 7 Grupos de trabajo
(1) Las tareas que desempeñará el Consejo Consultivo Estatal pueden delegarse temporal o permanentemente durante su legislatura por mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos) en miembros individuales o grupos de trabajo que se vayan a formar.
(2) Los miembros con derecho a voto de acuerdo con la sección 17, párrafo 2, parte MIGG, los miembros asesores de acuerdo con la sección 17, párrafo 3, parte MIGG, los representantes de las administraciones del Senado, de acuerdo con la sección 17, párrafo 4, parte MIGG, y los delegados de acuerdo con la sección 17, párrafo 5, parte MIGG, trabajan juntos. Las administraciones del Senado, de conformidad con la Sección 17 (4) Part-MIGG, deberían participar en cualquier caso por temas a petición de los grupos de trabajo.
(3) Las reuniones de un grupo de trabajo las convoca el miembro en calidad de portavoz. La sección 3 (3) p. 2 GO se aplica mutatis mutandis. Los representantes de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, del PartMigg, así como los representantes de conformidad con el artículo 17, párrafo 5, del PartMigg pueden postularse para el cargo de portavoz. Son elegidos por los miembros del AG en la AG respectiva por mayoría simple.
(4) Las reuniones de los grupos de trabajo no son públicas. Los huéspedes únicos y las personas externas permanentes sin derecho a voto pueden asistir a las reuniones por invitación del Fiscal General.
(5) Los miembros del Consejo Consultivo Estatal que pertenezcan al grupo de trabajo pueden postularse al grupo de trabajo. Las resoluciones requieren la presencia de la mayoría de los miembros con derecho a voto. Las resoluciones de los grupos de trabajo deben presentarse al Consejo Consultivo Estatal para su resolución.
(6) El grupo de trabajo informará al Consejo Consultivo Estatal sobre cada reunión de la junta consultiva estatal que lo solicite.
(7) Se redactan las actas de las reuniones de los grupos de trabajo, incluidas las decisiones, que se transmiten a los miembros del grupo de trabajo respectivo y a la oficina.
§ 8 Presentación de los miembros a otros comités
(1) En la medida en que la ley disponga que el Consejo Consultivo Estatal tiene derecho a enviar miembros a los comités, estos se determinan mediante elección por mayoría simple de los votos emitidos sobre la base de los representantes electos, de conformidad con el artículo 17 (2) núm. 1 del Partido MIGG. En caso de prevención, también se elige al miembro adjunto correspondiente que se va a nombrar. Lo mismo se aplica a los organismos para los que esa adscripción no está prevista pero es posible.
(2) Previa petición, los miembros adscritos informan al Consejo Consultivo Estatal desde la reunión del comité correspondiente.
§ 9 Finanzas
(1) Durante el ejercicio, los representantes electos, de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG, y sus representantes, de conformidad con el artículo 17, párrafo 5, parte MIGG, tienen acceso a los recursos presupuestarios asignados al Consejo Consultivo Estatal. Estos fondos se pueden utilizar de acuerdo con el reglamento presupuestario estatal (LHO) tras consultar con la oficina.
(2) El equipo de portavoces puede proporcionar a la oficina un plan anual con respecto a los proyectos y las necesidades de los representantes electos.
§ 10 Oficina
(1) Los asuntos del Consejo Consultivo Estatal los gestiona la Administración del Senado responsable de la integración.
(2) La oficina es, en particular, responsable de enviar la invitación y el orden del día con los documentos de la reunión y las actas de la reunión a su debido tiempo.
§ 11 Equipo de portavoces
(1) El equipo de portavoces del Consejo Consultivo Estatal está formado por tres miembros electos de entre los 13 representantes electos de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG, y sus representantes, de acuerdo con el artículo 17, párrafo 5, parte MIGG. Los 13 representantes electos pueden votar de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1 del Partido MIGG y sus representantes de acuerdo con el artículo 17, párrafo 5, del Partido MIGG, que también tienen derecho a postularse para un cargo. El miembro del vicepresidente no puede formar parte del equipo de portavoces. Los ponentes participan en las reuniones del Consejo Consultivo Estatal.
(2) El mandato de los portavoces comienza con la elección al principio del mandato del Consejo Consultivo Estatal y termina con la elección del nuevo Consejo Asesor Estatal. El equipo debe ser interseccional y diverso. La elección se lleva a cabo internamente y por mayoría simple de los representantes electos presentes de conformidad con la sección 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG y sus representantes de acuerdo con la sección 17, párrafo 5, parte MIGG.
(3) No se puede cooptar a personas externas para el equipo de portavoces. En caso de que un portavoz renuncie, la sustitución se llevará a cabo mediante una reunión extraordinaria de los representantes electos de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, del Partido Migg y sus diputados de conformidad con el artículo 17, párrafo 5, del Partido Migg para llevar a cabo elecciones parciales.
(4) Los ponentes tienen las siguientes tareas:
1. Representar ante el público las posiciones acordadas conjuntamente de los 13 representantes electos de conformidad con la sección 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG, y sus delegados de acuerdo con la sección 17, párrafo 5, parte MIGG.
2. Funcionar como el primer punto de contacto para los medios de comunicación, la sociedad civil y la política.
3. Enviar las consultas de política técnica a los representantes de los respectivos grupos de trabajo y a sus miembros para aprovechar su experiencia técnica.
4. Distribución de las tareas administrativas entre los tres portavoces, incluida la gestión de las redes sociales e Instagram y la comunicación entre la oficina y los miembros electos.
5. Reenviar las consultas sobre los podios y otros eventos a los grupos de trabajo pertinentes.
6. Presentación de los planes financieros anuales de los representantes electos de conformidad con la sección 10 (2) del Reglamento.
§ 12 Persona de confianza
Una persona de confianza es elegida entre los 13 representantes electos de conformidad con el artículo 17, párrafo 2, número 1, parte MIGG y sus diputados de acuerdo con el artículo 17, párrafo 5, parte MIGG, el representante del Consejo Asesor de Asuntos Romaníes y Sinti de acuerdo con el artículo 17, párrafo 2, número 5, parte MIGG y actúa como persona de contacto en caso de desacuerdos y conflictos relacionados con el contenido, la cooperación y las ideas rectoras del Consejo Asesor. Es elegido por mayoría simple y media en los conflictos internos en el Consejo Consultivo Estatal.
Sección 13 Suspensión
(1) Los miembros pueden ser suspendidos del Consejo Consultivo Estatal si perjudican al Consejo Asesor Estatal o infringen las directrices de este reglamento.
(2) Con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos), el Consejo Consultivo Estatal puede suspender a un miembro de la junta consultiva estatal durante un período de hasta tres meses por los siguientes motivos:
1. El miembro ha perjudicado particularmente al Consejo Asesor del Estado a través de declaraciones o conductas públicas.
2. El miembro ha infringido gravemente las directrices de este Reglamento.
(3) La membresía de los miembros que han sido suspendidos se suspende mientras dure la suspensión. En caso de mala conducta reiterada en el sentido del párrafo 2, son posibles varias suspensiones sucesivas. Para el miembro suspendido, su adjunto puede asistir a la reunión de conformidad con la Sección 17 (5) Partida MIGG.
Sección 14 Entrada en vigor del reglamento y sus enmiendas
(1) El reglamento entrará en vigor tras la adopción de una resolución.
(2) El Consejo Consultivo Estatal puede modificar el reglamento por mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto (13 votos).
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